Durante 2015, la Guardia Civil tuvo conocimiento de 10.793 infracciones administrativas y 609 delitos, según informó el General Jefe del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona). Pero, ¿quién interpreta si es falta administrativa o delito penal?
El caso que se relata en este post, firmado por una activista, es solo uno de los muchos donde los animales no reciben a tiempo la mínima protección que exige la Ley.
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África murió por no ser rescatada a tiempo por el Seprona. Foto cedida por la Clínica Veterinaria 'Clinivet' de Alicante.
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Tras muchos años de lucha, el 1 de julio de 2015 entraba en vigor la reforma del Código Penal, en la regulación de la protección jurídica de los animales en España. Por fin, el Ministerio de Justicia mostraba su compromiso, otorgando a los cuerpos de Seguridad del Estado una herramienta actualizada para poder actuar contra los maltratadores de animales.
A día de hoy, me parece una reforma utópica, cuando algunos jueces fijan sentencias ridículas ante graves casos de maltrato. La última que he leído hoy, de un juzgado de Lanzarote, condena por un delito leve de abandono por tener a un animal atado, sin comer y con graves heridas, a consecuencia del maltrato continuado que había sufrido. Casi un año después de que se interpusiera la denuncia. La justicia llega tarde y mal para los animales.
Por si fuera poco, algunos miembros de cuerpos de seguridad del Estado interpretan la ley en lugar de aplicarla. ¿Por qué lo hacen? ¿Por desconocimiento de la ley? ¿Por incompetencia? ¿Por miedo? Más miedo tenemos los ciudadanos a las represalias de los delincuentes y de los maltratadores, y aún así ponemos las denuncias. Hasta ellos mismos nos animan. Qué fácil, ¿no? Que le pidan eso a voluntarias y voluntarios que viven junto a asentamientos de galgueros o de criadores ilegales, o en barrios conflictivos. Que les digan
"oye, arriesga tu vida y denuncia a los maltratadores de animales, porque hasta que no lo hagas tú yo no voy a ir a comprobarlo".
Pues nosotros animamos a los agentes a que denuncien a quienes no cumplen las pocas leyes que protegen a los animales. Si a ellos les atacan, al menos pueden defenderse. La ley les ampara. A nosotros no.
Y como realmente consideran que es fácil, el pasado 29 de julio la Guardia Civil presentaba la
campaña contra el maltrato y abandono de animales domésticos. El objetivo era concienciar a los ciudadanos para que denunciaran. Vicente Pérez, Gerente Jefe de la Guardia Civil, insistía en que estas denuncias eran relevantes para erradicar la problemática del maltrato animal en este país y, por supuesto, para poner al animal a salvo lo antes posible. Luego volveré sobre eso de "lo antes posible", pues como la campaña se llama
#YoSiPuedoContarlo, es lo que voy a hacer.
Voy a contar lo que de verdad ocurre, casi siempre, cuando denunciamos casos de maltrato animal. Podría hablar de cientos de casos, pero voy a mencionar uno en el que he colaborado yo. Esta vez en la ciudad donde vivo, Alicante. Solo soy una ciudadana. Ni asociación, ni policía, ni abogada. Solo una activista. Y parto de un titular en prensa que, precisamente, se refiere al Seprona, la unidad especializada de la Guardia Civil para la protección de la naturaleza y sus seres vivos: 'El Seprona localiza e identifica a la dueña de los perros pero no ve motivo para actuar'
Entiendo que si el Seprona no ve motivo para actuar es porque presuntamente no hay delito de maltrato ni abandono animal, según los artículos 337 y 337bis del Código Penal, ni tampoco de los artículos que regulan la protección animal según la Ley 4/1994 de la Generalidad Valenciana.
Veamos:
Una señora alemana tiene en una finca alquilada casi una treintena de animales, unos veinte son perros y el resto conejos y gatos. Algunos enjaulados, otros atados a una ventana y todos rodeados de excrementos, sangre y basura acumulada. Sin comida ni agua ni luz. Perros famélicos, cachorros enjaulados y animales enfermos. Lo que viene siendo, presuntamente, un criadero ilegal con foco de infección incluido.
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África atada a una ventana sin apenas movilidad, ni agua ni comida. Foto tomada por la denunciante
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Es la propietaria de la casa quien llama para dar aviso de la existencia de un presunto criadero ilegal. Me lo cuenta a mí al día siguiente y me pide ayuda porque, palabras textuales, los agentes
"no hicieron nada". No somos amigas, pero tenemos un amigo en común, él sabe que intento moverme en casos así y le da mi número. Ella misma ha sido testigo de que existe un presunto criadero ilegal donde los animales están en muy malas condiciones, al ir a reclamar a su inquilina, la señora alemana, los meses que le debe de alquiler.
Llama un 12 de noviembre al Seprona, pero le dicen que no es de su competencia. Llama a la Policía Nacional y le pasan con la Policía Local de Alicante, que finalmente se persona en el lugar de los hechos. La propietaria está dentro de la casa porque la inquilina la ha permitido entrar (ya que un domicilio es inviolable). Cuando llega la Policía Local también entra. Piden su documentación a la inquilina, que no encuentra, pero no le piden ni cartillas de los animales, ni permiso de núcleo zoológico ni comprueban el chip de ellos ni por supuesto rescatan a los que están visiblemete enfermos y famélicos (siento pena por esas personas a las que les roban sus animales y luego llega la policía a presuntos criaderos ilegales y no identifica a los animales que se encuentran allí).
Nadie nos dice nada, porque solo somos simples ciudadanas. Y a pesar de que ella es la propietaria de la casa donde se está cometiendo un presunto delito. Me llama desesperada al día siguiente y me dice que ha puesto una denuncia administrativa en el registro del Ayuntamiento. Le informo de que ha de llamar al Seprona otra vez porque lo que hemos visto es susceptible de ser delito penal. Y, atendiendo a la campaña de
#YoSiPuedoContarlo, le insisto en que lo cuente en el
062. Como la denunciante no ha recibido aún el atestado policíal de ese día, aunque pagó los 34 euros para ello, a fecha de hoy no podemos saber qué alegaron para no intervenir los policías que acudieron a ese domicilio. Pero sí sabemos que Seprona no fue y que la Policía Local interpretó la Ley.
Si tienes animales hacinados, no pasa nada. Si los animales no tienen cartillas ni chip ni están censados, no pasa nada. Si los animales están atados a ventanas, no pasa nada. Si los animales están encerrados, no pasa nada. Si no tienes permiso de núcleo zoológico, no pasa nada. Si tienes un criadero ilegal, no pasa nada. Si tienes la finca llena de excrementos, basura y sangre no pasa nada. Pero si tú vas con tu perrito y suelta una caquita y no la recoges, mínimo 200 euros en el momento, y te piden toda la documentación del perro y tu DNI y...
Como no podía creer lo que estaba ocurriendo, decidí llamar directamente a la concejala de Protección Animal. Al menos, eso me aseguraba que la denuncia llegara donde tenía que llegar. La concejala se pone en marcha, junto al policía local asignado a la Unidad Canina, para investigar este caso. Durante esa semana, varios policías y agentes del Seprona se presentan en el lugar de los hechos. Pero como no tienen orden judicial, no entran. Deduzco que tener evidencias del presunto delito, fotos, una testigo y un atestado policial del día 12, no es suficiente para obtenerla. Me consta, además, que la señora alemana tiene antecedentes penales y varias denuncias administrativas de otros Ayuntamientos.
¿Qué necesitan, la confesión del maltratador? Espero que cuando haya una denuncia por agresiones a una persona no se tarde una semana en entrar en una casa para ver si la víctima sigue viva o ya está muerta.
Se escudaban en que la Ley de Arrendamientos considera, recordemos, que el domicilio es inviolable. Es paradójico que esa Ley impida a la propietaria de una casa entrar con la policía para salvar a unos animales pero, en cambio, no impida que Sanidad le exija, mediante carta certificada, que la limpie en diez días o se expondrá a ser sancionada económicamente. Me pregunto si Sanidad se habrá encargado de investigar si la inquilina tiene permiso de núcleo zoológico y le habrá enviado también una carta certificada con la correspondiente sanción.
¿Cuántos días han de pasar para conseguir una orden judicial para salvar a unos animales que no tienen ni luz, ni agua ni comida? ¿No había indicios de delito?
El domicilio es inviolable salvo algunas excepciones. La Ley 553 de Enjuiciamiento Criminal establece que si hay delito flagrante la policía puede entrar a registrar un domicilio sin mandato judicial ni permiso del titular. Cierto, no han pillado a la responsable de los animales pegándoles una paliza, pero delito, según la reforma del Código Penal, había: abandono y maltrato por omisión de alimentación y tratamiento. Y es un error someterlo a interpretación de los agentes. Es más, pocos días después, el 19 de noviembre, acude a la finca otro agente de la Policía Local, tras el aviso de Dignidad Animal, una asociación con la que contacto. Sin la ayuda de sus voluntarios y de su abogada, esos animales quizá seguirían esperando la orden del juez. En este operativo la responsable de esos animales no pudo ser localizada. Según algunos vecinos, durante esa semana había estado trasladando animales a otro sitio. Además, había obstruido las cerraduras con silicona, dejando abandonados dentro a cuatro animales, supuestamente para que murieran de inanición. Sin luz (se la habían cortado por falta de pago), agua ni comida, y en condiciones insalubres.
Pero el policía entró. Consiguió la orden de inmediato. ¿Vio ese policía mejor que sus compañeros del día 12? Solo quedaban cuatro animales... Cuatro animales no constituyen un criadero, treinta sí lo eran. Y a pesar de eso, entró y los rescató. Él mismo y el equipo que le acompañaba averiguaron, preguntando a los vecinos, dónde estaba el resto de animales. La inquilina los había trasladado a una especie de almacén en Torrellano (Elche) y, como escapaba a su competencia territorial, dieron parte al Seprona y a la policía local de Elche.
Más de dos semanas después, los animales siguen encerrados en ese almacén porque el Seprona decidió que no había motivos para actuar. Son los mismos animales que estaban en ese lugar en pésimas condiciones, enfermos, atados, enjaulados y rodeados de basura, excrementos y sangre. Sin comida ni agua. Y hasta sin luz. Esos mismos animales que ese policía local consideró que merecía la pena entrar a salvar, pero cuyo estado fue considerado favorable en el parte que el Seprona escribió para justificar que no intervinieran y no fueran decomisaran.
¿Por qué cuatro animales son decomisados en un criadero presuntamente ilegal y el resto no? ¿Por qué ese policía local pudo entrar y el resto de los agentes no? ¿Y por qué el Seprona tampoco? ¿Se interpreta la ley? ¿Se decide si es delito de forma subjetiva?
Se tardó una semana en rescatar a cuatro animales enfermos y encerrandos sin agua, comida ni luz, mientras sus compañeros eran trasladados para evitar que fueran rescatados. Tres semanas sin detener a una mujer que tiene más denuncias por presunto abandono con muerte y criaderos ilegales. Una mujer que está en la lista negra, junto con su hija, dentro del ámbito animalista. Una mujer que usa distintos nombres de pila e indistintamente los apellido de casada y de soltera para despistar a las fuerzas de seguridad. Una mujer que se presenta como médico en internet y algunos Ayuntamientos la presentan en el BOE como morosa. Una mujer que va cambiando de localidad presuntamente dejando deudas, destrozando casas y montando y desmontando criaderos ilegales. Como resultado de sus actos, ha muerto uno de los cuatro animales rescatados. Por inanición y a consecuencia de las graves lesiones de una enfermedad sin tratar durante meses.
África murió solo once días después de ser rescatada. Estaba ya en fase terminal de leishmaniosis, tenía los riñones y el hígado destrozados. Solo vivió once días de amor. No sabemos si se habría salvado si la hubieran rescatado el día que se denunció su estado, pero seguro que habría tenido más oportunidades. Una semana sin comer, sin beber, sin tratamiento y encerrada sin luz puede provocar graves consecuencias en la salud de cualquier animal. Su responsable legal cometió un presunto delito, pues no le suministró la medicación (delito de omisión) y la tuvo atada (hay fotos que lo demuestran) sin apenas posibilidad de moverse y sin alimentarla durante mucho tiempo.
África murió ante la pasividad general. Las leyes, los cuerpos de seguridad y la Justicia de este país permitieron que estuviera una semana encerrada, junto con sus otros tres compañeros, dentro de esa casa a modo de zulo, sin luz, agua, comida ni medicación. Esos cuatro animales eran los que ya no servían. Los moribundos.
Hemos salvado a tres y la muerte de África no será en vano: ahora esa mujer tiene delito de abandono con el agravante de muerte. Eso significa, según el art. 337 B, delito con pena de prisión e inhabilitación. Pero una pobre perra inocente murió y, salvo tres, el resto de sus compañeros de encierro sigue en peligro porque algunos miembros de las fuerzas de Seguridad del Estado decidieron que incumplir los artículos 337 y 337bis de la reforma del Código Penal, más otros cuantos de la Ley 4/1994 y de las ordenanzas municipales de los Ayuntamientos de Alicante y Elche, no eran indicios suficientes para actuar y salvar "lo antes posible" a esos animales, tal y como recalcaba el General Jefe de la Guardia Civil el pasado mes de julio en la campaña
#YoSiPuedoContarlo.
¿Qué pasa con el resto de animales? ¿Nadie los va a rescatar de esta presunta delincuente?
No se hará justicia por el resto, porque aquel día 12 de noviembre nadie los identificó, porque nadie se preocupó de salvar a cuatro bóxers, a dos bulldogs y a diez mestizos. Ni tampoco a los conejos enjaulados, que desaparecieron en el trayecto al almacén de Torrellano. Ni a los cinco gatos que están allí. Igual cuando vayan de nuevo los agentes sólo quedan cuatro. Quizás otra muera de nuevo. ¿Y de qué habrá servido la denuncia y estas semanas de lucha? Semanas llamando cada día a las personas implicadas: denunciante, concejala, policías, guardias civiles, abogadas. Tres semanas buscando información sobre esa mujer, leyendo sentencias, casos de otras localidades y posibles consecuencias legales de su actuación. Tres semanas con el sueño partido la denunciante, la abogada de Dignidad Animal y yo. Sin entender nada. Ni la misma concejala entiende tampoco qué ha pasado. He llegado a llamar a una diputada.
¿Cuántos han de morir para que a una persona se la considere maltratadora de animales?
El historial de denuncias de esa mujer se remonta, al menos, a 2011, si tenemos en cuenta las denuncias públicas de activistas. Y también había pruebas entonces. Y también la investigaban. Y también tenía un criadero. Y también se escapó.
¿De quién es la culpa? ¿Se interpreta o se aplica la ley? En Murcia, por ejemplo, la Guardia Civil la ha aplicado en algún caso, también los Mossos en Barcelona y la Policía Nacional en Alicante.
El Seprona alega no haber intervenido porque considera que los animales estaban en buen estado. Juzguen ustedes por las fotos de ese lugar de los horrores. La presunta delincuente los ha trasladado ahora, pero sabemos que es un traslado temporal, mientras encuentra otro sitio donde tenerlos atados, enjaulados, explotados y sin alimentos. Evidentemente, en una semana no le habrá dado tiempo a acumular toda la basura y excrementos que tenía en el otro lugar. Pero los animales son los mismos. Los mismos que mantenía atados y enjaulados y sin alimentación ni medicación.
Me pregunto también si Hacienda no tiene nada que decir: si no hay núcleo zoológico declarado, tampoco hay beneficios de la actividad comercial declarada. Demasiadas cosas sobre las que nadie ve motivos para actuar.
Fuente: http://www.eldiario.es/caballodenietzsche/Maltrato-animal-interpreta-aplica-ley_6_588001198.html