Foto: Cristóbal García / EFE |
Cuatrocientas noventa. Son las cifras conocidas de detenciones relacionadas con el maltrato animal en España en 2016. Solo conocidas porque la mayoría de las veces se encuentra el animal herido o muerto, pero no el culpable. Simplemente detenciones porque el acusado casi nunca entra en prisión.
A pesar de que los perros son la especie doméstica más afectada por acciones vejatorias por parte de las personas, la primera pena de prisión inicialmente efectiva para un maltratador en España se aplicó en las Islas Baleares a finales de 2015 y fue para un jinete que mató a palos a su caballo, Sorky, por no haber conseguido los objetivos que deseaba en una carrera.
¿Resultado? De una condena de ocho meses de prisión, el maltratador cumplió dos a cambio de seguir un programa de protección de animales.
En una sociedad que, en datos de EFE, abandonó más de 137.000 mascotas en 2015 y se sorprende día tras día con imágenes de crueldad animal en los informativos, ¿qué puede evitar que el maltrato hacia los animales siga convirtiéndose en un hábito sistémico? La respuesta podría estar en el Derecho.
Tras perder una carrera, el caballo Sorky murió apaleado por su jinete, que fue el primer condenado por maltrato animal que entró en prisión en España. Foto: Abada |
¿Qué entendemos por maltrato animal?
A la hora de hablar de maltrato animal, hay que establecer unos criterios que determinen de manera neutra y objetiva a qué nos referimos. La individualidad humana hace que cada persona desarrolle unas concepciones diferentes según el contexto que la acompaña, las vivencias que experimenta y el carácter que se forma.
Si no se estipula desde un primer momento la idea atribuida a ‘maltrato animal’, se podría entrar en un equívoco que llevaría a las diferentes sensibilidades individuales a crear un imaginario distinto y, por lo tanto, poco cuidadoso con lo que se trata.
Así, alguien aficionado a las fiestas taurinas tendrá una concepción del maltrato animal muy alejada de la de una persona que sigue una filosofía vegana. Para unos, los animales no tendrán derechos y para otros, será necesario luchar para que los primeros empiecen a observar a los animales desde un prisma menos especista.
Pero establecer sobre el papel cuáles son los actos que se consideraran maltrato depende del Código Penal. A partir de este, se puede trabajar sobre la legitimidad legal y, en base a ella, cuestionar la visión del maltrato.
El Código Penal
El Código Penal español establece en el Artículo 337 que merece ser castigada toda persona que "maltrate injustificadamente, causándoles lesiones que menoscaben su salud o sometiendo a explotación sexual" a aquellos animales domésticos o que normalmente están domesticados que vivan bajo el control humano, ya sea temporal o permanentemente, y a cualquier animal que no viva en estado salvaje.
El Código Penal, por tanto, limita el delito haciendo una distinción entre aquellos maltratos "justificados" (como los acontecidos en granjas) y los "injustificados", esos que afectan a animales domésticos o bajo la supervisión de personas. Ahora bien, cabe apuntar que desde un punto de vista animalista cualquier maltrato es injustificado y en consecuencia la ley no ampara a los animales no humanos en su totalidad ni frente a todos los agravios que sufren.
Pero dejando de lado este posicionamiento que la ley aún no contempla, las penas por cometer un crimen de maltrato animal en España son insuficientes. Cometer un delito de este tipo comporta una condena de entre tres meses y un día a un año de prisión, aunque hay algunos factores agravantes que propician una condena en su mitad superior, es decir, más cercana a la máxima pena que a la mínima.
Estos agravantes se aplican si el maltratador ha utilizado algún instrumento o arma, si ha habido ensañamiento, si se ha causado la pérdida de algún sentido u órgano al animal o si la escena ha transcurrido ante un menor.
Por ejemplo, en el caso de alguien que haya maltratado a un animal en alguna de estas circunstancias que agravan la condena, se le aplicará pena de prisión de entre 7 meses y 16 días a un año, en lugar de entre 3 meses y un día (pena mínima) a un año. Ahora bien, si el maltrato acaba con la vida del animal la pena irá de seis a dieciocho meses de prisión, en su mitad superior si se ha producido alguno de los agravantes.
Por otro lado, sin embargo, el abandono, tal como se estipula en el Artículo 337 bis, está penado con multa de uno a seis meses.
Pero esto son solo números. Todas estas penas solo son efectivas si alguien denuncia la situación y si hay pruebas que demuestren la culpabilidad del individuo que lleva a cabo el maltrato o el abandono. Además, se da el caso de que existen hasta 17 legislaciones para la protección animal en toda España, una por comunidad autónoma, y tanto la definición del delito como la aplicación de las distintas sanciones sufren pequeñas variaciones según la jurisdicción.
En la práctica, un cazador que al acabar la temporada cuelga a su galgo de un árbol en medio del bosque y se queda mirando la agonía del animal pocas veces será castigado porque, sencillamente, nadie lo buscará. La familia que se ha cansado del cachorro que ya no es tan cachorro y lo abandona en un callejón con una bolsa de pienso no recibirá ninguna citación judicial porque aquel animal será uno más de los que se pierden, se escapan o mueren todos los días.
Galgo maltratado en Extremadura. |
El caso Jason Brown
1 de octubre del 2015. En la Corte del Distrito Judicial número 2 de Nevada, Estados Unidos, Jason Brown, un hombre de 25 años de la ciudad de Reno, es condenado a 28 años de prisión por torturar y matar a 7 perros y grabarlo en vídeo en varios moteles del condado de Washoe entre el 2 de junio y el 9 de julio del 2014.
Se trata de una pena revolucionaria, dado el sadismo de los actos del asesino, que llevó al juez Elliott Sattler a cerrar los ojos en más de una ocasión e increpar personalmente al acusado, para quien la Fiscalía pidió la máxima condena.
El fiscal encargado de la acusación, Derek C. Dreiling, se refiere al caso Jason Brown como uno de los más perturbadores que ha tratado, por lo cual en su momento se negó a ofrecer ningún trato a la defensa y consideró cada perro muerto como una víctima individual.
Los pocos documentos públicos referentes al juicio de Brown que hay disponibles en el archivo judicial de Nevada relatan torturas que van desde violaciones rectales con piezas de plástico a mutilaciones y desuellos en vida a perros pequeños y cachorros. Por casos como este, Dreiling aboga por la aplicación de condenas severas que sirvan de disuasión como remedio al maltrato sistémico de animales.
Condenas más duras
Hemos hablado de Estados Unidos, donde el peso de las penas depende más del juez que del código. En España, las blandas condenas en materia de maltrato animal perpetúan la poca importancia que se da a la vida de estos seres vivos, ya sea por la dificultad de encontrar a los autores de estos actos criminales o porque las penas, una vez identificado el maltratador, no los disuaden de reincidir.
Irene Torres Márquez, abogada especializada en Derecho Animal, considera que con las leyes vigentes es casi imposible que alguien sin antecedentes entre en prisión por maltrato animal, de forma que se relativizan las consecuencias del abuso y, por lo tanto, el abuso mismo, que a menudo se convierte en hábito.
La clave, según Torres, está en mostrar a la sociedad que los animales no son cosas, sino seres vivos que sienten el dolor de ser maltratados y abandonados. Si cambia la percepción de los animales desde la educación y además se aumentan las penas por maltrato, los casos se reducirán.
Otro punto que preocupa a la abogada es que la aplicación del Código Penal en este tipo de delitos varía poco según el número de animales ultrajados, así que resulta en la misma condena matar a dos perros que a cuatro. El carácter de delito continuado que adquieren los crímenes contra los animales no permite el estatus de víctima a cada uno de los animales maltratados por una misma persona acusada, a diferencia del procedimiento seguido en el caso Jason Brown.
Un referente de las condenas individualizadas es el juez estadounidense Michael Cicconetti, de la Corte Municipal de Painesville, en Ohio. Su método consiste en personalizar las penas a modo de lecciones individuales. Mediante la empatía humana, Cicconetti dicta sentencias efectivas dependiendo del caso que se encuentre: por ejemplo, una mujer que abandonó 35 gatos en un bosque en invierno tuvo que pasar toda una noche sola en ese mismo bosque.
Aparte de la experiencia excepcional del juez Cicconetti, la máxima aspiración de los grupos de Derecho animalista tiene bastante que ver con sus condenas originales: se trata de individualizar las penas como Dreiling hizo en el caso Brown, acusando al hombre por cada una de las víctimas, identificadas una a una con nombres -las que lo tenían- o incluso con descripciones cuidadosas de las manchas negras que una presentaba en el morro. ¿El problema? La jerarquización aprendida, que sitúa a los animales muy por debajo de las personas en la sociedad.
"Personas no-humanas"
Una solución que plantean muchas voces animalistas para acabar con la poca eficiencia del sistema judicial es la nomenclatura "personas no-humanas", una figura jurídica inédita para referirse a aquellos animales con una inteligencia remarcable y altas capacidades cognitivas, o también aquellos que hayan desarrollado un carácter con singularidades propiamente humanas como la empatía, aunque sea por motivos instintivos.
Algunos ejemplos de animales que entrarían dentro de esta clasificación son los grandes simios, como los bonobos, los delfines, o también los elefantes. Aun así, los perros suelen considerarse personas no-humanas por su proximidad al ser humano.
Núria Almiron, co-directora del think tank Center for Animal Ethics (CAE) de la Universitat Pompeu Fabra, defiende el uso de este vocabulario porque en términos judiciales tener estatus de persona supondría una mayor protección legal efectiva.
Por otro lado, no todos los expertos apoyan esta nomenclatura animalista. El zoólogo Luis Cardona dice que la expresión es redundante y equívoca porque todavía no se ha demostrado la existencia de un pensamiento simbólico y abstracto en animales, características que considera exclusivas de los humanos. Ahora bien, desde el CAE se preguntan hasta qué punto se tiene que clasificar un animal por su intelecto y no por su capacidad de sufrir.
22 caballos y 4 perros enfermos, desnutridos y en estado de abandono que fueron hallados en una finca de Vélez-Málaga. |
Sufrimiento y sentimiento animal
Hablamos de dolor, pero ¿cuál es la realidad detrás del sufrimiento animal? ¿Se trata solo de un dolor físico o también anímico? El médico veterinario Horacio Vautier es especialista en casos de maltrato animal y el impulsor en Paraguay, junto con la psicóloga Susana Spitlla, del proyecto educativo 'Las mascotas, el bienestar animal y la educación en valores'.
Según Vautier, dentro de las diferencias entre especies la mayoría de los animales desarrollados sufren secuelas físicas, pero también psicológicas, al pasar por un episodio de maltrato, cosa que los puede abocar a estrés y desconfianza hacia los humanos. Aparte, el abandono también supone un tipo de maltrato que suele trastornar las capacidades sociales de animales como los perros, pero no tanto de otros como los gatos, que pueden sobrevivir en libertad con menos dificultades.
Una visión controvertida de la naturaleza animal es la que contrapone Vautier con el zoólogo Luis Cardona: los sentimientos. Mientras que para el veterinario es factible que animales como los perros sientan afecto hacia otros seres tal y como perciben frío y calor, Cardona considera un error pensar que los animales empatizan y defiende que algunos simplemente se han acostumbrado a vivir entre nosotros y se mueven por hábito.
Sea como fuere, las pruebas que el primatólogo holandés Frans de Waal llevó a cabo en el estudio 'Chimpanseepolitiek' de 1982 ( La política de los chimpancés, Alianza Editorial, 1993) sobre el comportamiento cognitivo de grandes simios demuestran que algunos tienen cualidades tan humanas como la compasión y el altruismo. Así, si se ha demostrado la existencia de sentimientos en bonobos, la verdadera relación de afecto en una comunión tan antigua como la de humanos y perros se hace más probable.
Irresponsabilidad e incoherencia
Aparte de la responsabilidad judicial por la poca concienciación alrededor de la vida de los animales, hay que remarcar la importancia de la educación en el respeto hacia los seres vivos desde la infancia, insuficiente en España dado el historial de tradiciones que incluyen la tortura y la muerte de animales, como el toreo, los correbous, la matanza del cerdo, los patos al agua o el polémico Toro de la Vega, prohibido en 2016.
En términos sociológicos, una sociedad que acepta y tolera el maltrato animal hasta el punto de institucionalizarlo como fiesta nacional está abocada a trivializar la vida de los animales desde una posición de supuesta pero sabida superioridad. El sociólogo Álex Alejos establece que si en el proceso de socialización del individuo, y más en la infancia, la violencia define las relaciones con los animales es muy probable que la persona acabe interiorizando y reproduciendo estos comportamientos.
La psicóloga Susana Palazón recalca la trascendencia de las personas referenciadas como modelo para los niños. En la dinámica del mimetismo que caracteriza las primeras muestras de aprendizaje, los niños no cuestionan aquello que han visto anteriormente por parte de sus referentes, ya sean padres o muestras de la sociedad que los rodea. No es hasta que se desarrolla la empatía y se empieza a pensar por uno mismo que se puede entrar a discutir la legitimidad moral de los actos presenciados y tenidos por buenos hasta el momento de la maduración.
Si en el Código Penal está castigado el maltrato animal con carácter agravante cuando se produce ante menores, ¿no resulta contradictorio que se promueva un modelo de fiesta popular marcada por el sufrimiento de un animal? Se está enseñando a los niños que la vida de los animales no vale nada.
Maltrato animal. ¿Perfil humano?
El doctor Randall Lockwood, miembro de The Humane Society of the United States, señala que a pesar de que no todo el mundo que maltrata animales acaba siendo asesino en serie, casi todos los asesinos en serie cometieron antes crímenes de crueldad animal. Esto establece una relación, si no probatoria, de indicios entre personas que maltratan animales y criminales que asesinan a otras personas.
Por otro lado, según la psicóloga Palazón, la insensibilidad al sufrimiento animal, aprendido socialmente, no tiene por qué comportar poca empatía hacia los humanos, puesto que se parte de una base que considera al animal inferior en la organización especista jerarquizada de la sociedad.
Ahora bien, ¿puede ser la crueldad animal un aviso de la predisposición de algunas personas a hacer daño a humanos? El doctor en psicología Frank R. Ascione, profesor en la Universidad de Denver, Estados Unidos, realizó el estudio 'Domestic Violence and Cruelty to Animals', publicado en 1996 a partir de entrevistas con víctimas de violencia machista, en el que probaba que el 71% de las mujeres maltratadas con las que había contactado habían sido amenazadas por sus parejas haciendo daño a sus animales de compañía o incluso asesinándolos para demostrar su superioridad.
Este hecho fue uno de los que llevó al ya difunto criminólogo y fundador de la Unidad de Ciencias del Comportamiento del FBI, Robert K. Ressler, a estudiar los perfiles de los asesinos en serie más buscados de Estados Unidos teniendo en cuenta el historial de maltrato animal de los sospechosos.
Según este organismo del FBI, la mayoría de asesinos comparten la crueldad animal como un antecedente desarrollado en la infancia y la adolescencia que los lleva en el futuro a relativizar el valor de la vida. Así, se trabaja en la prevención de la violencia mediante los informes sobre maltrato animal.
Trabajo por hacer
Sea como fuere, la crueldad animal crece en la sociedad desde su base, los niños. Serán la educación y un cambio en la percepción humana los que fomenten una transformación real. Pero también cabe preguntarse ahora qué puede hacer el Derecho.
Íngrid Gustems (El caballo de Nietzsche)
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